CONS-GPSD-2016 - Seguridad general de los productos (GPSD) - Cooperación entre las autoridades nacionales encargadas de la evaluación, la vigilancia del mercado y la aplicación de la seguridad de los productos y servicios de consumo no alimenticio.
"Las acciones conjuntas pueden cubrir uno o más de los siguientes aspectos de las actividades administrativas de cooperación transfronteriza relacionadas con la vigilancia y el cumplimiento de los requisitos de seguridad de la Unión Europea para los productos y servicios de consumo no alimenticio: la evaluación de los riesgos que presentan los productos y servicios de consumo no alimenticio; pruebas de producto; operaciones de vigilancia del mercado; intercambio de conocimientos y el desarrollo y el intercambio de las mejores prácticas relacionadas con la evaluación de riesgos; reuniones y talleres incluidos en el proyecto.
En particular, las acciones conjuntas podrán cubrir la ejecución de actividades conjuntas o coordinadas, el intercambio de información, el desarrollo de un enfoque común de la metodología, protocolos y listas de verificación y el trabajo de desarrollo de base de datos.
Además, las acciones conjuntas serán válidas para el desarrollo e implementación de una estrategia de comunicación efectiva con respecto a los resultados obtenidos e integrar las cuestiones de vigilancia en línea en los productos específicos, así como actividades horizontales."
Acciones
"Las acciones conjuntas pueden cubrir uno o más de los siguientes aspectos de la actividad transfronteriza de cooperación administrativa relacionados con la vigilancia y el cumplimiento de los requisitos de seguridad de la Unión Europea para los productos y servicios de consumo no alimenticio:
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