La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) que tuvo lugar el 21 de diciembre de 2015 en París no deberá adoptar un protocolo, otro instrumento legal o un acuerdo con fuerza legal aplicable a todas las partes. El Protocolo de París deberá entrar en vigor en 2020. En el periodo hasta 2020, la ambición de las partes firmantes de la Convención deberá incrementarse, en vista de la limitación de calentamiento global a dos grados.
Como resultado de que el Acuerdo de París será aplicable por todas las partes, los años que transcurren desde su adopción hasta su entrada en vigor son claves para preparar su completa implementación. El centro específico será implementar la transparencia y la rendición de cuentas bajo el Acuerdo de París.
El objetivo general de esta Convocatoria es apoyar la implementación del Acuerdo de París en el periodo anterior a su entrada en vigor. Esto incluirá el alcance de acuerdos, la investigación y un análisis en profundidad.
Este trabajo debe ser llevado a cabo por organizaciones como las ONG’s, “Think tanks” o centros de excelencia académica en el extranjero y una representativa extensión de países, incluyendo las economías emergentes, países en desarrollo con ingresos medios, Países menos desarrollados (PMD) y pequeños estados insulares en desarrollo (SIDs)
Los objetivos específicos deben ser la implementación de transparencia y el régimen de responsabilidad bajo el Acuerdo de París. El rendimiento de esta convocatoria serán usados para:
i. Elaborar los detalles de transparencia y del régimen de responsabilidad bajo el Acuerdo de País que es efectivo y aplicable para todas las partes, con necesarias y aceptables flexibilidades para aquellos países que lo necesiten,
ii. Proporcionar las contribuciones conexas al proceso de negociación del CMNUCC,
iii. Incrementar capacidad de aquellos países en desarrollo que lo necesiten, con especial atención en los países en desarrollo con ingresos medios.
Esto será alcanzado a través de distintos enfoques que pueden incluir, pero que no están limitados a:
El rendimiento específico debería incluir, aunque no necesariamente se limitan a:
Los solicitantes (es decir, el solicitante, entendido como la entidad que presenta el formulario de solicitud, y, si lo hay, su co-solicitante) deberán, con el fin de ser elegible para una subvención, cumplir los siguientes requisitos:
i. ser una persona jurídica,
ii. ser un actor no estatal,
iii. Pertenecer a un tipo específico de organizaciones, tales como: el sector privado, las organizaciones no gubernamentales, los operadores del sector público, las autoridades locales, las organizaciones internacionales (intergubernamentales) como se define en el artículo 43 de las normas de desarrollo del Reglamento financiero CE y,
iv. ser directamente responsable de la preparación y gestión de la acción con sus socios, no actuando como intermediario.
ONGs, “think tanks” o centros de excelencia académica en el extranjero y una representativa extensión de países, incluyendo las economías emergentes, países en desarrollo con ingresos medios, Países menos desarrollados (PMD) y pequeños estados insulares en desarrollo (SIDs)
La cantidad indicativa global asignada a la presente convocatoria de propuestas es de 600.000 euros. La Administración contratante se reserva el derecho de no adjudicar todos los fondos disponibles.
Cualquier subvención solicitada en virtud de esta convocatoria no puede superar los 600.000 euros.
Cualquier subvención solicitada en virtud de esta convocatoria no puede exceder el 90% de los costes elegibles totales de la acción.
El saldo (es decir, la diferencia entre el coste total de la acción y el importe solicitado a la Administración contratante) debe financiarse con fuentes ajenas al presupuesto de la Unión Europea o el Fondo Europeo de Desarrollo.
29/02/2016.
Los documentos se pueden presentar presencialmente o por correo postal.
Para el supuesto de hacer una entrega presencial, el plazo de recepción finaliza el 29 de febrero de 2016, a las 17:00. En este supuesto, la documentación habrá de presentar en la siguiente dirección:
European Commission
Central Mail Service
OIB.4
Avenue de Bourget, 1
B – 1140 Brussels
En el caso de presentar la documentación por correo postal, la fecha límite se corresponde con el 29 de febrero de 2016, pudiéndose servir como evidencia del cumplimiento de la fecha de envío, el matasellos o la fecha del comprobante de depósito. La documentación se ha de enviar a:
European Commission
DG CLIMA A1
Att: Ms. Elina BARDRAM, Head of Unit
BU-24 04/71
B-1049 Brussels, Belgium
Las solicitudes deberán presentarse en sobre cerrado, por correo certificado, servicio de mensajería privado o entregado en mano a las direcciones facilitadas en el apartado anterior, según el medio elegido para la presentación de la documentación.
Las solicitudes enviadas por cualquier otro medio (por ejemplo, por fax o por e - mail) o entregados en otras direcciones serán rechazadas.
http://ec.europa.eu/clima/funding/paris_agreement/index_en.htm#part_1
Si está buscando obtener información adicional sobre la presente convocatoria de propuestas o si tiene preguntas específicas sobre el proceso de solicitud, puede enviar un correo electrónico (o un fax), a más tardar 21 días antes de la fecha límite para la presentación de solicitudes, a la dirección que se indican a continuación, indicando claramente la referencia de la convocatoria de propuestas:
E-mail: clima-U47-ARES@ec.europa.eu
La Administración contratante no tiene la obligación de proporcionar aclaraciones a las preguntas que se reciban después de esta fecha.
Para garantizar la igualdad de trato de los solicitantes, la Administración contratante no puede dar una opinión previa sobre la elegibilidad de los solicitantes, entidad afiliada (s), o una acción.
No se darán respuestas individuales a las preguntas. Todas las preguntas y respuestas, así como otros anuncios importantes para los solicitantes durante el curso del procedimiento de evaluación, se publicarán en el sitio web https://webgate.ec.europa.eu/europeaid/online-services/index.cfm?do= publi.welcome Por tanto, es aconsejable consultar la página web antes mencionada regularmente para estar informado de las preguntas y respuestas publicadas .