
Ayudas
Planes
de Desarrollo.
- Base legal: Artículo 9 b)
del Reglamento (CE) nº 1260/99 del Consejo de 21 de junio de 1999 por el que se
establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales. (DOCE
L 161/1, 26.06.99)
- Descripción:
El plan de desarrollo es el análisis de la situación efectuado por el Estado
miembro interesado habida cuenta de los objetivos y de las necesidades prioritarias
para lograr estos objetivos, así como la estrategia y las prioridades de actuación
consideradas, sus objetivos específicos y los recursos financieros indicativos
correspondientes.