ED
A Coruña.Ayudas Convocatorias: Proyectos transnacionales
para acciones innovadoras en el sector de la pesca en 2003.
Ámbitos
de actuación: El Reglamento (CE) nº
1260/1999 del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales sobre
los Fondos Estructurales establece que la Comisión podrá financiar acciones innovadoras
a través del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP). Estas acciones
comprenderán estudios, proyectos piloto e intercambios de experiencias. Las acciones
innovadoras contribuyen a la elaboración de métodos y prácticas innovadoras que
tienen por objetivo mejorar la calidad de las intervenciones.
Acciones innovadoras, proyectos piloto e intercambios de experiencia.
Con el fin de seleccionar los proyectos más adecuados, dentro de las posibilidades
presupuestarias existentes, la Comisión invita a los organismos interesados a
presentar propuestas para proyectos, acciones piloto e intercambios de experiencias
sobre los temas siguientes: 1) esfuerzos de diversificación socioeconómica
de las zonas dependientes de la pesca, principalmente el desarrollo de actividades
y servicios alternativos o complementarios respecto a la pesca; 2) valorización
de los productos de la pesca y la acuicultura, en especial la creación de redes
europeas de trazabilidad y la sensibilización del sector y de los consumidores
sobre la necesidad de luchar contra la pesca ilegal; 3) mejora y promoción
de la imagen del sector de la pesca y la acuicultura, principalmente en materia
de medio ambiente, pesca responsable y transmisión de los oficios del mar a las
nuevas generaciones; 4) formación profesional y educación marítima, incluida
la e-formación,principalmente en materia de seguridad en el mar, protección del
medio ambiente, valorización de productos y gestión de empresas; 5) promoción
de instrumentos informáticos para la comunicación, la utilización común de información
y la gestión de empresas.
Condiciones
de accesibilidad: Las acciones innovadoras objeto
de esta convocatoria de propuestas deberán responder también a dos criterios esenciales:
revestir un carácter fuertemente transnacional
o un interés para varios Estados miembros, ya que en este elemento reside el valor
añadido y la justificación de una intervención financiera comunitaria,
tener
por objeto la creación de redes de actores del sector de la pesca y regiones dependientes
de la pesca, así como el intercambio de experiencias, buenas prácticas
y prácticas innovadoras.
Las propuestas
deberán garantizar la participación de al menos dos Estados miembros de la Unión
Europea. Esta participación se certificará mediante cartas de participación de
las organizaciones participantes. Quedarán excluidos de las subvenciones
aquellos solicitantes que, en el momento de procederse a la concesión de una subvención,
se encuentren en uno de los casos mencionados en los artículos 93 y 94 del Reglamento
(CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo de 25 de junio de 2002. Los solicitantes
deberán certificar por escrito que no se encuentran en una de las situaciones
previstas en el artículo 93 del Reglamento (CE,Euratom) nº1605/2002 del Consejo
de 25 de junio de 2002.
Beneficiarios: organizaciones
profesionales, institutos de formación, colectividades territoriales locales o
regionales, asociaciones, empresas individuales.
Financiación:
La contribución comunitaria disponible es aproximadamente de 1,4 millones de euros.
Las subvenciones comunitarias se concederán según el principio de cofinanciación,
con un límite de 150 000 euros por proyecto. El porcentaje de contribución comunitaria
será de un máximo de 50 % para los proyectos piloto presentados por empresas industriales
o comerciales ,un máximo del 75 % para los proyectos creación de redes e intercambios
de experiencias presentados por organismos públicos o asociaciones sin ánimo de
lucro, y, excepcionalmente, la contribución podrá superar el porcentaje del 75
% en casos debidamente justificados
Plazo
de presentación de solicitudes: 11.07.2003
Lugar de presentación de solicitudes:
Comisión
Europea. Dirección General de Pesca, J99 2/11, B-1049 Bruxelles/Brussel
Documento de publicación: DOCE
C 115/08 de 15.5.2003
Guía
informativa y formulario de solicitud: Se deberán
solicitar a los servicios de la Comisión, a través de: