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ED A Coruña.Ayudas
Acciones Innovadoras 2000-2006

  • Base legal
    El artículo 22 del Reglamento (CE) nº 1260/99 del Consejo, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DOCE L 161 de 26 de junio de 1999), establece que, según lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 1783/1999, relativo al FEDER (DOCE L 213 de 13 de agosto de 1999), los Fondos pueden financiar acciones innovadoras a escala comunitaria a iniciativa de la Comisión que contribuyan a la elaboración de métodos y prácticas innovadoras destinados a mejorar la calidad de las intervenciones de conformidad con los objetivos nº 1, 2 y 3.
  • Objetivos
    Las Acciones Innovadoras tienen como misión ayudar a las regiones menos favorecidas a construir una política regional que responda eficazmente a los nuevos retos del futuro, en particular la globalización de la economía y los veloces cambios tecnológicos, y afiance a la vez la cohesión económica y social en la Unión Europea.
     
  • Aumento de la calidad de las intervenciones de los programas de los Fondos Estructurales de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER.

    El objetivo primordial de las acciones innovadoras es influir en la calidad de las intervenciones de los programas operativos cofinanciados por el FEDER. El refuerzo de las relaciones entre las acciones innovadoras y los programas operativos pasa por la creación de incentivos que posibiliten la experimentación de métodos y prácticas de política regional innovadores. Para lograr este objetivo es esencial una colaboración más estrecha entre los responsables de las acciones innovadoras y las autoridades gestoras de los programas de los objetivos nºs 1 y 2 en los que participa el FEDER.
     
  • Fomento e incremento de la cooperación regional entre los sectores público y privado

    La Comisión, como ocurre con los programas de los objetivos nºs 1 y 2 co-financiados por el FEDER, desea que la participación de las autoridades regionales en las acciones innovadoras sea lo más activa posible. Esa participación implica el establecimiento de una cooperación regional y local reforzada en la que participen las autoridades responsables de los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que interviene el FEDER y el sector privado. Gracias a ella podrán elaborarse programas regionales de acciones innovadoras de calidad y se estimulará el intercambio de experiencias y la creación de redes entre las regiones.
     
  • Sinergia con las demás políticas comunitarias

    Las acciones innovadoras de 2000-2006 deberán señalar el camino para aprovechar la compenetración entre la política regional y las demás políticas comunitarias. En particular, deberán contribuir a potenciar el espíritu de empresa e innovación a escala regional, poner en marcha la iniciativa eEuropa y fomentar la creación de un espacio europeo de investigación. Por tanto, las acciones innovadoras deberán estar más coordinadas con las medidas de los programas de los objetivos nºs 1 y 2 en los que participa el FEDER para lograr unos resultados más eficaces en lo que respecta a la cohesión. En la medida de lo posible, las medidas serán complementarias de las financiadas por el FSE dentro de los mismos objetivos. Evidentemente, se excluye cualquier doble financiación con otros instrumentos financieros comunitarios.
     
  • Facilitar el intercambio entre regiones y el aprendizaje colectivo

    Las acciones innovadoras son un instrumento especialmente interesante para facilitar el intercambio entre regiones y el aprendizaje colectivo a partir de la comparación y la difusión de las prácticas mejores. Respetando las características regionales específicas, permitirán el enriquecimiento de las regiones, que trabajarán en redes temáticas. De por sí, la innovación está estrechamente vinculada a los conceptos de riesgo y de cambio. Las acciones innovadoras de la nueva generación ofrecen a las regiones la oportunidad de encauzar mejor el cambio y asumir los riesgos necesarios para ensayar algunas orientaciones clave de la futura política regional.
     
  • Tipos de medidas
    Para afianzar la relación con los programas operativos de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER y garantizar que la aplicación sea simple, transparente y acorde con una buena gestión financiera, la Comisión propone una visión por programas y no por proyectos individuales, una reducción de la cantidad de temas prioritarios y una colaboración estructurada entre los responsables de la gestión de las acciones innovadoras y los encargados de los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER.
 La nueva generación de acciones innovadoras incluirá tres capítulos:
  • Cofinanciación de programas regionales de acciones innovadoras y proyectos piloto derivados
  • Medidas complementarias: apoyo del intercambio de experiencias y la creación de redes entre regiones
  • Organización de concursos para la determinación y el aprovechamiento de las mejores prácticas.

     
  • Beneficiarios
    Serán beneficiarias las autoridades regionales de las regiones una de cuyas zonas o partes sea subvencionable por los objetivos n° 1 ó 2. El programa regional de acciones innovadoras y los proyectos piloto derivados se aplicarán a toda la región
     La Comisión propone que las autoridades regionales presenten, como responsables, la propuesta de programa regional de acciones innovadoras a la Comisión. Por consiguiente, propone que la autoridad regional sea la autoridad encargada de la gestión del programa y adopte las disposiciones necesarias para su correcta gestión.
La autoridad regional nombrará un Comité de dirección que elaborará la propuesta de programa regional de acciones innovadoras en el contexto de una cooperación regional en la que participen los socios financieros, las autoridades responsables de los programas de los objetivos nº 1 ó 2 en los que participe el FEDER y los agentes públicos y privados interesados a escala regional.
 
  • Contenido de las acciones innovadoras para el periodo 2000-2006
    Con objeto de simplificar y concentrar los recursos, la Comisión propone reducir el número de temas prioritarios de los ocho del periodo 1994-1999 a tres para el periodo 2000-2006. Los tres temas están relacionados. Su carácter complementario deberá aprovecharse para desarrollar un planteamiento estratégico que se adapte tanto como sea posible a las necesidades específicas de cada región. Las acciones innovadoras de la nueva generación se destinan al fomento de métodos y prácticas innovadores en los temas prioritarios siguientes:
     
    • Economía regional basada en el conocimiento y la innovación tecnológica: ayudar a las regiones menos favorecidas a elevar su nivel tecnológico


      El contenido de los programas regionales de acciones innovadoras en este ámbito podría referirse, por ejemplo, a los aspectos siguientes:

      Creación o consolidación de las redes de cooperación entre empresas o grupos de empresas, centros de investigación y universidades, organizaciones encargadas de la mejora de la calidad de los recursos humanos, medios financieros y asesores especializados, etc.

      Intercambios mutuos de personal entre centros de investigación, universidades y empresas, en particular PYME. 

      Divulgación de los resultados de la investigación y adaptación tecnológica entre las PYME. 

      Establecimiento de estrategias tecnológicas innovadoras para la región que incluyan proyectos piloto. 

      Apoyo a los núcleos de fundación de nuevas empresas vinculados a las universidades y centros de investigación; estimulación de nuevas empresas surgidas de centros universitarios o de grandes empresas centradas en la innovación y la tecnología.

      Sistemas de apoyo a los proyectos científicos y tecnológicos comunes entre PYME, universidades y centros de investigación.

      Contribución al desarrollo de nuevos instrumentos financieros (capital riesgo) para las empresas de nueva creación.
       

    • eEuropaRegio: la sociedad de la información al servicio del desarrollo regional


      El contenido de los programas regionales de acciones innovadoras en este ámbito puede centrarse, por ejemplo, en los aspectos siguientes:

      Establecer estrategias innovadoras para la región y suscitar la creación de vínculos de cooperación en lo que respecta a la sociedad de la información.

      Mejorar los servicios digitales y móviles para los jóvenes, las personas mayores, los discapacitados y la asistencia sanitaria.

      Estimular a las PYME para que incluyan el comercio electrónico en su estrategia de desarrollo.

      Determinar y desarrollar zonas específicas de experimentación del uso innovador de las tecnologías de la sociedad de la información.

      Dar un acceso colectivo a Internet, las aplicaciones digitales y los recursos multimedios (por ejemplo, el concepto de puntos de acceso público a Internet).

      Utilizar y experimentar tecnologías digitales avanzadas (por ejemplo, acceso a Internet por radio o satélite) en beneficio de zonas rurales, aisladas o apartadas.
       

    • Identidad regional y desarrollo sostenible: fomentar la cohesión y la competitividad regionales mediante un planteamiento integrado de las actividades económicas, sociales y de medio ambiente


      El contenido de los programas regionales de acciones innovadoras en este ámbito puede centrarse, por ejemplo, en los aspectos siguientes:

      Ayuda a las microempresas de los sectores de la artesanía o la producción tradicional con vistas a la mejora de su nivel tecnológico y con el fin de conseguir una mejor integración en el mercado.

      Desarrollo del turismo cultural y ecológico.

      Ayuda a las PYME recién creadas en los sectores innovadores de los medios de comunicación y la cultura.

      Desarrollo de nuevas formas de servicios de proximidad.

      Establecimiento de mejores relaciones entre los sectores público y privado con el fin de utilizar lo mejor posible los recursos y las infraestructuras existentes.

      Ayuda a las microempresas que quieran aprovechar las actividades de investigación en su región.

      Desarrollo de sistemas de gestión del medio ambiente, adopción de tecnologías limpias, reciclado de residuos y utilización racional de la energía.
       


Contenido de los programas
En cada propuesta de programa se expondrá una estrategia de definición de acciones innovadoras acordada entre los diferentes agentes de la región, que constituirá la base de la realización de proyectos individuales, la transferencia de resultados dentro de los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER en las regiones correspondientes y el intercambio de experiencia entre regiones. La estrategia podrá basarse en una de las tres prioridades propuestas por la Comisión o en una combinación de ellas para atender mejor a las necesidades específicas de cada región.
En cada propuesta habrán de figurar los elementos necesarios para la aprobación de un programa regional de acciones innovadoras por la Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento general de los Fondos Estructurales. En lo que respecta a la estructura y el contenido, los programas regionales de acciones innovadoras se asemejan a los programas operativos.

  • Criterios de selección de los programas regionales de acciones innovadoras
    La Comisión seleccionará los programas que considere mejores para su cofinanciación. Basándose en los criterios enumerados, concederá de 0,3 a 3 millones de euros para los programas seleccionados.
Los diez criterios de selección de los programas regionales de acciones innovadoras son los siguientes:
 
  • Calidad de la propuesta: en particular, claridad del planteamiento estratégico y carácter innovador de los objetivos del programa de trabajo, teniendo en cuenta las necesidades específicas de la región y las medidas financiadas a través de programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER.
  • Influencia posible en los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER.
  • Factibilidad de la propuesta y concordancia entre los objetivos definidos y los recursos asignados.
  • Repercusión prevista: efectos en la modernización y diversificación de la economía regional, creación de empleo de calidad a largo plazo, mejora de la eficacia, etc.
  • Participación del sector privado en la financiación del programa.
  • Participación activa y calidad de la cooperación regional entre los sectores público y privado en lo que respecta a la elaboración del programa regional de acciones innovadoras y la capacidad para motivar a otros agentes regionales y locales, en particular las PYME.
  • Sistemas de cooperación de las autoridades regionales responsables de la elaboración y aplicación del programa regional de acciones innovadoras y las autoridades de gestión de los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER.
  • Perdurabilidad de las medidas previsibles una vez concluido el programa regional de acciones innovadoras.
  • Transferibilidad de los resultados  a otras regiones.
  • Sinergia y compatibilidad con las demás políticas comunitarias, como las de investigación, sociedad de la información, empresa, medio ambiente, desarrollo rural (política agrícola común), igualdad de oportunidades y competencia; concordancia con las orientaciones de la Comisión para los programas del periodo 2000-2006.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Las autoridades regionales podrán presentar una propuesta de programa a más tardar el 31 de mayo de cada año entre 2001 y 2005. La duración máxima de un programa es de dos años. La ayuda comunitaria se limita a un máximo de dos programas par región durante el periodo 2000-2006. Podrá presentarse un segundo programa siempre y cuando el primero se haya dado por concluido de común acuerdo con la Comisión.
     
  • Financiación 
    El presupuesto para las acciones innovadoras del periodo 2000-2006 está dentro del límite establecido en el artículo 22 del Reglamento (CE) nº 1260/99, es decir, el 0,4 % de la dotación anual del FEDER.
    Un máximo del 6% de la dotación total se destinará al intercambio de experiencias, la creación de redes entre las regiones y la organización de los concursos, y el resto del presupuesto a la cofinanciación de los programas regionales de acciones innovadoras. Las medidas de asistencia técnica iniciadas por la Comisión se financiarán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento (CE) nº 1260/1999.
La Comisión cofinanciará los programas regionales de acciones innovadoras seleccionados hasta un 80% en las regiones del objetivo n° 1. En las regiones del objetivo nº 2, el porcentaje normal máximo de cofinanciación será del 50%. No obstante, en casos debidamente justificados que presenten un interés comunitario especial en el ámbito de las acciones innovadoras, la cofinanciación podrá aumentarse hasta un máximo del 60%.
 
  • Gestión administrativa
    La ayuda de la Comisión se concederá a las autoridades regionales mediante un acuerdo de financiación. En el acuerdo de financiación se designarán una autoridad pagadora y un sistema de control. Para evitar una multiplicación de los circuitos de pago y de control de los créditos comunitarios en una misma región se sugiere que los Estados miembros y las autoridades regionales designen a los mismos responsables del pago y del control que para los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER.

El Comité de dirección, en el que estarán representados los colaboradores financieros, las autoridades responsables de los programas de los objetivos nº 1 y 2 en los que participa el FEDER y los agentes regionales públicos y privados interesados, se encargará de la aplicación y el seguimiento del programa regional de acciones innovadoras, incluida la selección de los proyectos piloto derivados. Garantizará la colaboración entre las acciones innovadoras y los programas de los objetivos nºs 1 y 2 en los que participa el FEDER. Los proyectos se seleccionarán de acuerdo con criterios determinados previamente para cada programa.