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IPE
Ayudas
Programa: LEADER II (Relaciones entre Actividades de Desarrollo de la Economía Rural).
- fomentar las actividades innovadoras realizadas por los agentes locales, sean públicos o privados, en todos los sectores de actividad del medio rural,
- dar a conocer experiencias concretas en toda la Comunidad,
- ayudar a los agentes locales a aprovechar su potencial propio.
- Adquisición de capacidades: Financiación de la asistencia técnica en las fases previas a la inversión, especialmente en las zonas en que esta medida constituya una novedad y al comienzo del periodo de programación:
- diagnóstico,
- motivación de la población,
- elaboración de una estrategia.
- Programas de innovación rural demostrativos y transferibles:
- apoyo técnico al desarrollo rural,
- formación profesional y ayudas a la contratación,
- potenciación del turismo rural, de las pequeñas empresas, de la artesanía, y de los servicios de proximidad,
- valorización "in situ" y comercialización de la producción agraria, silvícola y pesquera local,
- conservación y mejora del medio ambiente y del entorno.
- Cooperación transnacional: Concepción y realización de proyectos comunes entre agentes locales de, al menos, dos Estados miembros.
- Articulación en una red: La iniciativa está articulada en torno a una red europea de desarrollo rural que constituye, para todos los agentes, un instrumento permanente de intercambio de experiencias y conocimientos y que dispone de un "Observatorio Europeo de Innovación y Desarrollo Rural".
- Grupos de acción local: según la definición de la propia iniciativa LEADER II, se trata de grupos de interlocutores públicos y privados que definen en común una estrategia y medidas innovadoras para el desarrollo de un territorio rural de dimensión local. Incluiría a agentes económicos y sociales de los distintos sectores, asociaciones y organizaciones vinculadas al medio ambiente, la cultura y la inserción social;
- Otros agentes colectivos públicos o privados del medio rural, tales como: organismos locales, cámaras de comercio, de agricultura, de industria, de artesanos, cooperativas, asociaciones sin fines lucrativos, agrupaciones de empresas, sindicatos de municipios, siempre y cuando su actuación se sitúe dentro de una lógica de desarrollo de un territoria local.
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Dirección General de Agricultura
(D.G VI). Dirección de Desarrollo Rural, |
Observatorio Europeo LEADER |
- las zonas rurales de las regiones Objetivo 1 (regiones menos desarrolladas);
- las zonas rurales de las regiones Objetivo 5b (zonas rurales frágiles) y
- las zonas rurales de las regiones Objetivo 6 (zonas de muy baja densidad de población).
No obstante, hasta un máximo del 10% de los créditos asignados para esta Iniciativa en las zonas 5b podrán ser utilizados fuera de las regiones del objetivo 5b), en zonas rurales limítrofes.