Artículo 20 del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo
de 21 de junio de 1999 por el que se establecen disposiciones generales
sobre los Fondos Estructurales. (DOCE
L 161/1, 26.6.1999) | Dictamen del Comité Económico y
Social sobre el Proyecto de Comunicación de la Comisión a
los Estados miembros por la que se fijan orientaciones sobre la iniciativa
comunitaria de desarrollo rural (Leader +) (DOCE
C 51/18, 23.02.2000) | Dictamen del Comité de las Regiones sobre
el "Proyecto de Comunicación de la Comisión a los Estados
miembros por la que se fijan orientaciones sobre las iniciativa comunitaria
de desarrollo rural (Leader +) (DOCE
C 156/04, de 6.6.2000)
-
Período de vigencia: 01.01.2000
-31.12.2006
-
Descripción: Las zonas rurales de
la Comunidad se enfrentan a una serie de problemas que pueden poner seriamente
en peligro su futuro, como por ejemplo, el envejecimiento de la población
y el éxodo rural, que persisten en algunas regiones, o la pérdida
de empleos. No obstante, cabe señalar que algunas regiones han resuelto
con éxito tales dificultades, puesto que han conseguido poner en
marcha una dinámica territorial que revela su capacidad para
encontrar nuevas soluciones a los retos a los que se enfrentan.
Leader I marcó el inicio de una nueva concepción de la
política de desarrollo rural basada en un enfoque territorial, integrado
y participativo.
Leader II difundió el enfoque de Leader I, concediendo particular
importancia al carácter innovador de los proyectos.
Las principales aportaciones de la iniciativa Leader son los siguientes:
- movilización de los agentes locales para
que procedan a una reflexión y se responsabilicen del futuro de
su territorio,
- aplicación de un enfoque territorial descentralizado
e integrado basado en un proceso ascendente,
- apertura de la zonas rurales a otros territorios,
mediante el intercambio de experiencias gracias a la constitución
de
redes;
- posibilidad de financiar operaciones de pequeña
envergadura cuando existan intermediarios administrativos, técnicos
y financieros dispuestos a brindar su apoyo a las personas que presenten
pequeños proyectos.
El objetivo de Leader+ es incitar y ayudar a los agentes del mundo rural
a reflexionar sobre el potencial de su territorio en una perspectiva a
más largo plazo. Asimismo, dicha iniciativa pretende fomentar la
aplicación de estrategias originales de desarrollo sostenible integradas,
de calidad y destinadas a la experimentación de nuevas formas de:
- valorización del patrimonio natural y cultural,
- mejora del entorno económico a fin de contribuir
a la creación de empleo,
- mejora de la capacidad de organización
de las respectivas comunidades.
La cooperación en su sentido más amplio, constituirá
un aspecto fundamental de Leader+. La Comisión apoyará la
creación de grupos de cooperación de calidad formados por
diversos operadores. En principio, esta cooperación debería
poder llevarse a cabo dentro de los propios territorios rurales, entre
territorios de un mismo Estado miembro o de diversos Estados miembros y,
en caso necesario, incluso rebasando el marco comunitario. Así pues,
Leader+ mantendrá su función de laboratorio para el descubrimiento
y la experimentación de nuevos enfoques de desarrollo integrados
y sostenibles que influyan en la política de desarrollo rural de
la Comunidad, completándola o reforzándola. Sería
deseable que los Estados miembros participasen en este esfuerzo deexperimentación
con las propuestas que vayan a presentar. Los nuevos modelos de desarrollo
rural se darán a conocer y cobrarán importancia mediante
un importante trabajo en red.
Ámbitos de actuación: La
nueva iniciativa se articulará sobre la base de los 3 apartados
siguientes:
1. Estrategias territoriales de desarrollo rural, integradas,
de carácter piloto
El Capítulo 1 apoyará a los territorios que demuestren
capacidad y voluntad para crear y aplicar una estrategia de desarrollo,
integrada, sostenible y con carácter piloto, cuya existencia quedará
probada mediante la presentación de un plan de desarrollo; dicha
estrategia se basará en una cooperación representativa y
se articulará en torno a un aspecto predominante que resulte característico
de la identidad de un territorio.
La iniciativa Leader+ va dirigida a territorios rurales de poca extensión
que forman un conjunto homogéneo desde el punto de vista físico
(geográfico), económico y social.
En todos los casos, los territorios seleccionados deberán guardar
cierta coherencia y presentar una masa crítica suficiente en términos
de recursos humanos, financieros y económicos para mantener una
estrategia de desarrollo viable.namiento del grupo de cooperación
y la capacidad de gestionar las subvenciones públicas.
A fin de garantizar el carácter local y rural, la población
del territorio no deberá rebasar, por regla general, los 100 000
habitantes en las zonas de mayor densidad de población (del orden
de 120 h/km 2 ) ni situarse por debajo de los 10 000 habitantes, aproximadamente.
No obstante, en las zonas con una densidad demográfica superior
o inferior, caso, este último, de determinadas áreas del
norte de Europa, pueden admitirse excepciones a este criterio, siempre
que se justifiquen convenientemente.
En cualquier caso, no se tendrán en cuenta las divisiones territoriales
artificiales que puedan menoscabar el criterio de coherencia mencionado.
-
Estrategia de desarrollo.
La estrategia propuesta por los grupos de acción local
en sus planes de desarrollo deberá reunir las siguientes características:
a) Deberá tratarse de una estrategia integrada, es decir,
que aplique un enfoque global, concertado, y que se base en la interacción
de los operadores, sectores y proyectos, centrada en un aspecto dominante
representativo de la identidad, los recursos y los conocimientos técnicos
específicos desarrollados en el territorio en cuestión, capaz
de aglutinar a todos los operadores y proyectos dediversos ámbitos
en una misma estrategia de desarrollo.
b) La estrategia de desarrollo deberá dar prueba de su coherencia
y de su arraigo en el territorio, en particular, desde un punto de vista
socioeconómico. Además, deberá justificar su viabilidad
económica y su carácter sostenible, o sea, garantizar que
el empleo de los recursos no va a comprometer las opciones de las futuras
generaciones.
c) Deberá demostrar su carácter piloto. El carácter
piloto se evaluará basándose en la estrategia de desarrollo
expuesta dentro de cada plan de desarrollo. Dicha estrategia deberá
crear instrumentos que permitan emprender nuevas vías de desarrollo
sostenible: nuevas en comparación con las prácticas ejercidas
en el pasado en el territorio considerado, y también en comparación
con las concebidas y aplicadas en el marco de los programas principales.
Aunque la Comisión no desea establecer una lista exhaustiva
de criterios de evaluación, considera que el carácter piloto
puede estimarse en función de los aspectos siguientes:
- aparición de nuevos productos y servicios que incorporen
los rasgos específicos locales,
- establecimiento de nuevos métodos que permitan combinar
entre sí los recursos humanos, naturales y financieros del territorio
y que tengan como consecuencia una explotación más eficaz
de potencial endógeno,
- combinación y enlace de sectores de la economía tradicionalmente
muy apartados,
- creación de formas originales de organización y participación
de la población local en el proceso de toma de decisiones y de aplicación
del proyecto.
d) La estrategia de desarrollo deberá demostrar la posibilidad
de transferencia de los métodos propuestos, dado que los promotores
del proyecto tienen la obligación de poner a disposición
de la red su experiencia en el terreno metodológico así como
los resultados logrados.
e) Deberá demostrar además su carácter complementario
con las intervenciones de los programas principales que se apliquen en
la región y el territorio correspondientes.
2. Apoyo de la cooperación entre territorios rurales
Este capítulo tiene por objeto el fomento y el apoyo de
la cooperación entre territorios:
a) de un mismo Estado miembro (cooperación interterritorial),
b) de varios Estados miembros (cooperación transnacional).
Esta cooperación deberá representar una auténtica
plusvalía para el territorio en cuestión.
La cooperación puede perseguir dos objetivos que, a menudo,
son complementarios:
- el logro de la masa crítica necesaria para la viabilidad de
un proyecto común,
- la búsqueda de complementariedades.
La cooperación transnacional se aplicará a los
grupos de acción local de dos Estados miembros, como mínimo.
Las acciones de cooperación consistirán en la puesta
en común de conocimientos técnicos y recursos humanos y financieros
dispersos en cada uno de los territorios en cuestión, y se inscribirán
en orientaciones temáticas claramente definidas por los grupos de
acción local en sus planes de desarrollo.
La cooperación no se limitará a un simple intercambio
de experiencias, sino que deberá consistir en la realización
de una acción común e integrada, cuando sea posible, en una
misma estructura.
Este capítulo de Leader+ se aplicará en los territorios
rurales seleccionados en el capítulo 1 de la iniciativa y su aplicación
se llevará a cabo bajo la responsabilidad de un grupo de ación
local coordinador. Serán aplicables las disposiciones específicas
que se recogen a continuación:
-
Cooperación interterritorial: Podrán participar en
la cooperación interterritorial dentro de un Estado miembro no sólo
los territorios seleccionados en el marco de Leader+, sino también
aquellos que hayan sido elegidos en aplicación de las iniciativas
Leader I y Leader II, u otros territorios rurales organizados siguiendo
las pautas de Leader y autorizados por el Estado miembro.
-
Cooperación transnacional: La cooperación transnacional
se aplicará a los grupos de acción local de dos Estados miembros,
como mínimo.
3. Integración en una red
El intercambio de logros, experiencias y conocimientos técnicos
entre todos los interesados en elinterior de la Comunidad ha sido una prioridad
de Leader II que se ha mantenido en Leader+.
La integración en una red del conjunto de los territorios rurales,
sean o no beneficiarios de la iniciativa, y de todas las organizaciones
y administraciones implicadas en estas acciones territoriales, como por
ejemplo los Centros europeos de información y de animación
rural, será apoyada no sólo con objeto de lograr el intercambio
y la transreferencia de experiencias, sino también:
- un impulso de la cooperación entre territorios y la
obtención de resultados en este ámbito,
- información y aprendizaje en materia de desarrollo
rural territorial.
La Comisión recomienda que la «célula» de
animación de la actividad en la red asuma las siguientes actividades:
- búsqueda, análisis e información a escala
nacional sobre las buenas prácticas que puedan transferirse;
-animación de la red,
- organización de intercambios de experiencias y de conocimientos
técnicos, en particular, en beneficio de los territorios menos desarrollados
que deberán poder beneficiarse de la experiencia de los grupos de
acción local más experimentados,
- asistencia técnica para la cooperación próxima
y la transnacional.
La creación de un Observatorio de los territorios rurales
dirigido por la Comisión garantizará la integración
en la red a escala comunitaria y la animación de esta última.
-
Financiación:: La contribución
total de la sección de Orientación del FEOGA a Leader+ para
el período 2000-2006 será de 2 020 millones de euros a precios
de 1999.