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Programa: Leader + (Relaciones entre Actividades de Desarrollo de la Economía Rural. 2000-2006).
 
 
  • Base legal: Comunicación a los Estados miembros por la que se fijan las orientaciones sobre la iniciativa comunitaria de desarrollo rural (Leader+) (DOCE C 139/05, 18.5.2000) 
    Artículo 20 del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo de 21 de junio de 1999 por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales. (DOCE L 161/1, 26.6.1999) | Dictamen del Comité Económico y Social sobre el Proyecto de Comunicación de la Comisión a los Estados miembros por la que se fijan orientaciones sobre la iniciativa comunitaria de desarrollo rural (Leader +) (DOCE C 51/18, 23.02.2000) | Dictamen del Comité de las Regiones sobre el "Proyecto de Comunicación de la Comisión a los Estados miembros por la que se fijan orientaciones sobre las iniciativa comunitaria de desarrollo rural (Leader +) (DOCE C 156/04, de 6.6.2000)
     
  • Período de vigencia: 01.01.2000 -31.12.2006

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  • Descripción: Las zonas rurales de la Comunidad se enfrentan a una serie de problemas que pueden poner seriamente en peligro su futuro, como por ejemplo, el envejecimiento de la población y el éxodo rural, que persisten en algunas regiones, o la pérdida de empleos. No obstante, cabe señalar que algunas regiones han resuelto con éxito tales dificultades, puesto que han conseguido poner en marcha una dinámica territorial que revela su capacidad para

  • encontrar nuevas soluciones a los retos a los que se enfrentan. 
    Leader I marcó el inicio de una nueva concepción de la política de desarrollo rural basada en un enfoque territorial, integrado y participativo. 
    Leader II difundió el enfoque de Leader I, concediendo particular importancia al carácter innovador de los proyectos. 
    Las principales aportaciones de la iniciativa Leader son los siguientes: 
        - movilización de los agentes locales para que procedan a una reflexión y se responsabilicen del futuro de su territorio, 
        - aplicación de un enfoque territorial descentralizado e integrado basado en un proceso ascendente, 
        - apertura de la zonas rurales a otros territorios, mediante el intercambio de experiencias gracias a la constitución de
        redes; 
        - posibilidad de financiar operaciones de pequeña envergadura cuando existan intermediarios administrativos, técnicos y financieros dispuestos a brindar su apoyo a las personas que presenten pequeños proyectos. 

    El objetivo de Leader+ es incitar y ayudar a los agentes del mundo rural a reflexionar sobre el potencial de su territorio en una perspectiva a más largo plazo. Asimismo, dicha iniciativa pretende fomentar la aplicación de estrategias originales de desarrollo sostenible integradas, de calidad y destinadas a la experimentación de nuevas formas de: 
        - valorización del patrimonio natural y cultural, 
        - mejora del entorno económico a fin de contribuir a la creación de empleo, 
        - mejora de la capacidad de organización de las respectivas comunidades. 

    La cooperación en su sentido más amplio, constituirá un aspecto fundamental de Leader+. La Comisión apoyará la creación de grupos de cooperación de calidad formados por diversos operadores. En principio, esta cooperación debería poder llevarse a cabo dentro de los propios territorios rurales, entre territorios de un mismo Estado miembro o de diversos Estados miembros y, en caso necesario, incluso rebasando el marco comunitario. Así pues, Leader+ mantendrá su función de laboratorio para el descubrimiento y la experimentación de nuevos enfoques de desarrollo integrados y sostenibles que influyan en la política de desarrollo rural de la Comunidad, completándola o reforzándola. Sería deseable que los Estados miembros participasen en este esfuerzo deexperimentación con las propuestas que vayan a presentar. Los nuevos modelos de desarrollo rural se darán a conocer y cobrarán importancia mediante un importante trabajo en red.

    Ámbitos de actuación: La nueva iniciativa se articulará sobre la base de los 3 apartados siguientes: 
     1. Estrategias territoriales de desarrollo rural, integradas, de carácter piloto
     El Capítulo 1 apoyará a los territorios que demuestren capacidad y voluntad para crear y aplicar una estrategia de desarrollo, integrada, sostenible y con carácter piloto, cuya existencia quedará probada mediante la presentación de un plan de desarrollo; dicha estrategia se basará en una cooperación representativa y se articulará en torno a un aspecto predominante que resulte característico de la identidad de un territorio. 
     

    • Territorios afectados 
     La iniciativa Leader+ va dirigida a territorios rurales de poca extensión que forman un conjunto homogéneo desde el punto de vista físico (geográfico), económico y social. 
    En todos los casos, los territorios seleccionados deberán guardar cierta coherencia y presentar una masa crítica suficiente en términos de recursos humanos, financieros y económicos para mantener una estrategia de desarrollo viable.namiento del grupo de cooperación y la capacidad de gestionar las subvenciones públicas. 
    A fin de garantizar el carácter local y rural, la población del territorio no deberá rebasar, por regla general, los 100 000 habitantes en las zonas de mayor densidad de población (del orden de 120 h/km 2 ) ni situarse por debajo de los 10 000 habitantes, aproximadamente. No obstante, en las zonas con una densidad demográfica superior o inferior, caso, este último, de determinadas áreas del norte de Europa, pueden admitirse excepciones a este criterio, siempre que se justifiquen convenientemente. 
    En cualquier caso, no se tendrán en cuenta las divisiones territoriales artificiales que puedan menoscabar el criterio de coherencia mencionado. 
     
    • Estrategia de desarrollo. 
       La estrategia propuesta por los grupos de acción local en sus planes de desarrollo deberá reunir las siguientes características: 

     a) Deberá tratarse de una estrategia integrada, es decir, que aplique un enfoque global, concertado,  y que se base en la interacción de los operadores, sectores y proyectos, centrada en un aspecto dominante representativo de la identidad, los recursos y los conocimientos técnicos específicos desarrollados en el territorio en cuestión, capaz de aglutinar a todos los operadores y proyectos dediversos ámbitos en una misma estrategia de desarrollo. 

    b) La estrategia de desarrollo deberá dar prueba de su coherencia y de su arraigo en el territorio, en particular, desde un punto de vista socioeconómico. Además, deberá justificar su viabilidad económica y su carácter sostenible, o sea, garantizar que el empleo de los recursos no va a comprometer las opciones de las futuras generaciones. 

    c) Deberá demostrar su carácter piloto. El carácter piloto se evaluará basándose en la estrategia de desarrollo expuesta dentro de cada plan de desarrollo. Dicha estrategia deberá crear instrumentos que permitan emprender nuevas vías de desarrollo sostenible: nuevas en comparación con las prácticas ejercidas en el pasado en el territorio considerado, y también en comparación con las concebidas y aplicadas en el marco de los programas principales. 

     Aunque la Comisión no desea establecer una lista exhaustiva de criterios de evaluación, considera que el carácter piloto puede estimarse en función de los aspectos siguientes: 
     - aparición de nuevos productos y servicios que incorporen los rasgos específicos locales, 
     - establecimiento de nuevos métodos que permitan combinar entre sí los recursos humanos, naturales y financieros del territorio y que tengan como consecuencia una explotación más eficaz de potencial endógeno, 
    - combinación y enlace de sectores de la economía tradicionalmente muy apartados, 
    - creación de formas originales de organización y participación de la población local en el proceso de toma de decisiones y de aplicación del proyecto. 

     d) La estrategia de desarrollo deberá demostrar la posibilidad de transferencia de los métodos propuestos, dado que los promotores del proyecto tienen la obligación de poner a disposición de la red su experiencia en el terreno metodológico así como los resultados logrados. 

     e) Deberá demostrar además su carácter complementario con las intervenciones de los programas principales que se apliquen en la región y el territorio correspondientes. 

    2. Apoyo de la cooperación entre territorios rurales 
     Este capítulo tiene por objeto el fomento y el apoyo de la cooperación entre territorios: 
     a) de un mismo Estado miembro (cooperación interterritorial), 
     b) de varios Estados miembros (cooperación transnacional). 
    Esta cooperación deberá representar una auténtica plusvalía para el territorio en cuestión. 
     La cooperación puede perseguir dos objetivos que, a menudo, son complementarios: 
    - el logro de la masa crítica necesaria para la viabilidad de un proyecto común, 
    - la búsqueda de complementariedades. 
     La cooperación transnacional se aplicará a los grupos de acción local de dos Estados miembros, como mínimo. 
    Las acciones de cooperación consistirán en la puesta en común de conocimientos técnicos y recursos humanos y financieros dispersos en cada uno de los territorios en cuestión, y se inscribirán en orientaciones temáticas claramente definidas por los grupos de acción local en sus planes de desarrollo. 
    La cooperación no se limitará a un simple intercambio de experiencias, sino que deberá consistir en la realización de una acción común e integrada, cuando sea posible, en una misma estructura. 
    Este capítulo de Leader+ se aplicará en los territorios rurales seleccionados en el capítulo 1 de la iniciativa y su aplicación se llevará a cabo bajo la responsabilidad de un grupo de ación local coordinador. Serán aplicables las disposiciones específicas que se recogen a continuación: 

    • Cooperación interterritorial: Podrán participar en la cooperación interterritorial dentro de un Estado miembro no sólo los territorios seleccionados en el marco de Leader+, sino también aquellos que hayan sido elegidos en aplicación de las iniciativas Leader I y Leader II, u otros territorios rurales organizados siguiendo las pautas de Leader y autorizados por el Estado miembro. 
    • Cooperación transnacional: La cooperación transnacional se aplicará a los grupos de acción local de dos Estados miembros, como mínimo. 

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    3. Integración en una red 

    El intercambio de logros, experiencias y conocimientos técnicos entre todos los interesados en elinterior de la Comunidad ha sido una prioridad de Leader II que se ha mantenido en Leader+. 
    La integración en una red del conjunto de los territorios rurales, sean o no beneficiarios de la iniciativa, y de todas las organizaciones y administraciones implicadas en estas acciones territoriales, como por ejemplo los Centros europeos de información y de animación rural, será apoyada no sólo con objeto de lograr el intercambio y la transreferencia de experiencias, sino también: 
     - un impulso de la cooperación entre territorios y la obtención de resultados en este ámbito, 
      - información y aprendizaje en materia de desarrollo rural territorial. 

    La Comisión recomienda que la «célula» de animación de la actividad en la red asuma las siguientes actividades: 
     - búsqueda, análisis e información a escala nacional sobre las buenas prácticas que puedan transferirse; 
    -animación de la red, 
    - organización de intercambios de experiencias y de conocimientos técnicos, en particular, en beneficio de los territorios menos desarrollados que deberán poder beneficiarse de la experiencia de los grupos de acción local más experimentados, 
    - asistencia técnica para la cooperación próxima y la transnacional. 
     La creación de un Observatorio de los territorios rurales dirigido por la Comisión garantizará la integración en la red a escala comunitaria y la animación de esta última.
     

  • Financiación::  La contribución total de la sección de Orientación del FEOGA a Leader+ para el período 2000-2006 será de 2 020 millones de euros a precios de 1999. 
  • Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (Agader) Consellería de Política Agroalimentaria e Desenvolvemento Rural)

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  • Región objetivo: La nueva iniciativa será aplicable en todas las zonas rurales de la Comunidad. 

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  • Línea presupuestaria: B2-140

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