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Programa: Interreg III (Iniciativa comunitaria de cooperación transeuropea para un desarrollo equilibrado 
2000-2006).

 
 
  • Base legal: Comunicación de la Comisión a los Estados miembros por la que se fijan las orientaciones para una Iniciativa comunitaria relativa a la cooperación transeuropea para fomentar un desarrollo armonioso y equilibrado del territorio europeo.(INTERREG III) (DOCE C 143/08, de 23.05.2000)

  • Comunicación de la Comisión por la que se modifican las orientaciones para una iniciativa comunitaria relativa a la cooperación transeuropea para fomentar un desarrollo armonioso y equilibrado del territorio europeo (Interreg III) (DOCE C 239/03, de 25.08.2001)

    Artículo 20 del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo de 21 de junio de 1999 por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales. (DOCE L 161/1, 26.6.1999) | Dictamen del Comité Económico y Social sobre la Comunicación de la Comisión a los Estados miembros por la que se establecen las orientaciones para una Iniciativa comunitaria sobre cooperación transfronteriza y orientada a fomentar un desarrollo armonioso y equilibrado del territorio europeo (Interreg) (DOCE C 51/20, 23.02.2000) | Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Comunicación de la Comisión a los Estados miembros por la que se establecen las orientaciones para una Iniciativa comunitaria sobre cooperación transfronteriza y orientada a fomentar un desarrollo armonioso y equilibrado del territorio europeo (Interreg) (DOCE C 156/04, de 6.6.2000)
     

  • Período de vigencia: 01.01.2000 -31.12.2006
  • Descripción: El objetivo general de las iniciativas Interreg ha sido, y sigue siendo, que las fronteras nacionales no sean un obstáculo al desarrolo equilibrado y a la integración del territorio europeo. El aislamiento de las zonas fronterizas se explica por dos factores: por una parte, la presencia de fronteras separa las comunidades fronterizas económica, social y culturalmente e impide una gestión coherente de los ecosistemas; por otra parte, las zonas fronterizas a menudo ocupan un lugar secundario en las políticas nacionales, lo que aumenta la perifericidad de sus economías en el territorio nacional. El mercado único y la unión económica y monetaria (UEM) pueden desempeñar una función catalizadora en la solución de estos problemas, pero sigue habiendo mucho campo para reforzar la coopeación en beneficio mutuo de las regiones fronterizas en toda la Comunidad. El desafío es todavía mayor si se considera la futura ampliación de la comunidad, ya que aumentarán las fronteras interiores y la frontera exterior avanzará progresivamente hacia el este. 

  • El objetivo de la nueva fase de Interreg es reforzar la cohesión económica y social de la Comunidad fomentando la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional y el desarrollo equilibrado de su territorio. 

    Por consiguiente, la actuación en relación con las fronteras y las zonas fronterizas entre los Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países se sitúa en el centro de esta iniciativa. Se prestará particular atención a: 
        - las fronteras exteriores de la Comunidad, sobre todo en la perspectiva de la ampliación, 
        - la cooperación relativa a las regiones ultraperiféricas, 
        - la cooperación para impulsar el proceso de paz iniciado en los Balcanes, 
        - la cooperación relativa a las regiones insulares. 

    Partiendo de la experiencia adquirida con las anteriores iniciativas Interreg, esta nueva fase de la iniciativa se concretará a través de tres capítulos: 
        a) fomentar el desarrollo regional integrado entre las regiones fronterizas, incluidas las fronteras exteriores y marítimas
        (capítulo A); a este capítulo se dedica el grueso de los recursos financieros; 
        b) contribuir a la integración territorial armoniosa de toda la Comunidad (capítulo B); 
        c) mejorar las políticas y técnicas de desarrollo regional y cohesión mediante la cooperación transnacional e interregional
        (capítulo C); este capítulo es, con mucho, el de menor dotación económica. 
    Así pues, el reto principal para la nueva fase de Interreg es tomar como modelo las experiencias positivas de cooperación genuina adquiridas con los programas actuales y luego ir creando progresivamente estructuras para este tipo de cooperación en toda la Comunidad y también con los países vecinos. 
     

  • Condiciones de accesibilidad: Para alcanzar estos objetivos, el desarrollo de la cooperación en el contexto de la niciativa Interreg III se regirá por los principios siguientes: 

  •     - Estrategia transfronteriza/transnacional y programa de desarrollo conjuntos 
        - Cooperación y enfoque ascendente 
        - Complementariedad con los programas principales de los Fondos Estructurales 
        - Planteamiento más integrado de la aplicación de las iniciativas comunitarias 
        - Coordinación eficaz entre Interreg III y los instrumentos de política exterior de la comunidad, sobre todo en la perspectiva de la ampliación 
    Ámbitos de actuación: 
    MEDIDA  A    COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA

    Propósito: la cooperación transfronteriza ente autoridades de países vecinos pretende desarrollar los centros económicos y sociales transfronterizos mediante estrategias comunes para un desarrollo territorial duradero. 

    Zonas subvencionables: a efectos de la cooperación transfronteriza, las zonas subvencionables comprenden: 
        - todas las zonas a lo largo de las fronteras nacionales interiores y exteriores de la Comunidad, delineadas al nivel administrativo III de la nomenclatura de unidades territoriales estadísticas (NUTS III) 
        - algunas zonas marítimas delinadas al nivel administrativo III de la nomenclatura de unidades territoriales estadísticas (NUTS III) 
    En casos especiales podrá concederse financiación para medidas desarrolladas en zonas NUTS III contiguas a las zonas mencionadas arriba o en zonas rodeadas por tales zonas, a condición de no suponer más del 20 % del gasto total del programa de iniciativa comunitaria (PIC) en cuestión. Las zonas en que se aplique esta flexibilidad deberán indicarse en el PIC correspondiente. 

    Temas prioritarios: este capítulo se dedica particularmente a las prioridades siguientes: 
        - fomentar el desarrollo urbano, rural y costero, 
        - alentar el empresariado y el desarrollo de pequeñas empresas (incluidas las del sector turístico) y las iniciativas de empleo locales, 
        - fomentar la integración del mercado laboral y la inclusión social, 
        - compartir los recursos humanos y los centros de investigación, desarrollo tecnológico, enseñanza, cultura, 
        comunicaciones y salud a fin de aumentar la productividad y contribuir a la creación de empleos estables, 
        - alentar la protección del medio ambiente (local, global), aumentar la eficiencia energética y fomentar las fuentes de energía renovables, 
        - mejorar las redes y los servicios de transporte (particularmente las medidas para implantar modos de transporte más compatibles con el medio ambiente), información y telecomunicación, así como los sistemas hídricos y energéticos, 
        - desarrollar la cooperación jurídica y administrativa para fomentar el desarrollo económico y la cohesión social, 
        - aumentar el potencial humano e institucional para que la cooperación transfronteriza fomente el desarrollo económico y la cohesión social. 
    Esta lista no es exhaustiva. Los temas se describen en el anexo II  (consultar el DOCE) a título orientativo. No obstante, los recursos financieros deben concentrarse en un número limitado de temas y medidas. En particular, las inversiones en infraestructuras deberían concentrarse, siempre que fuera posible, en zonas administrativas por  debajo del nivel NUTS III y lindantes directamente con las fronteras. Sin embargo, tal como se indica en el punto10 (consultar DOCE), cuando dentro de una región escasamente poblada se observe un entorpercimiento del desarrollo por la falta de infraestructuras, tales infraestructuras podrán tomarse en consideración en una zona que se extienda más allá del nivel NUTS III estrictamente definido, en la medida en que el objetivo de esas infraestructuras esté relacionado con el desarrollo de las zonas NUTS III indicadas en el anexo I. 

     MEDIDA B    COOPERACIÓN TRANSNACIONAL. 

     Objetivo: la cooperación transnacional entre las autoridades nacionales, regionales y locales tiene por objeto fomentar un mayor grado de integración territorial en las grandes agrupaciones de regiones europeas, en un esfuerzo por lograr un desarrollo duradero, armonioso y equilibrado en la Comunidad y una mayor integración territorial con los países candidatos y otros países vecinos. 

     Zonas subvencionables: a efectos de la cooperación transnacional, las zonas subvencionables propuestas se componen de las agrupaciones de regiones indicadas en el anexo III. (ver DOCE) 
    Estas agrupaciones comprenden las zonas ya contempladas en los actuales programas Interreg II C y en las acciones piloto realizadas en virtud del artículo 10 relativas a la planificación territorial, adaptadas para tener en cuenta la experiencia adquirida hasta la fecha. Partiendo de esta premisa, los Estados miembros y las regiones podrán presentar a la Comisión sus solicitudes, debidamente justificadas, de modificación de estas agrupaciones.
    Se prestará particular atención a las fronteras exteriores de la Comunidad (sobre todo en la perspectiva de la ampliación), a la cooperación entre las regiones ultraperiféricas de la Comunidad, al aumento de la cooperación entre las regiones del Adriático y entre las del Báltico meridional, y a la cooperación relativa a las regiones insulares. Por consiguiente, las propuestas de modificación deberán tender a aumentar la cooperación entre las regiones adriáticas y balcánicas de la Comunidad con las regiones balcánicas exteriores. Por lo que respecta a estas últimas, la cooperación será subvencionada con cargo al nuevo instrumento mencionado en el punto 46. (ver DOCE) 

    Temas prioritarios: las propuestas de cooperación transnacional deben tomar como punto de partida la experiencia de Interreg II C y tener en cuenta las prioridades políticas de la Comunidad como las redes transeuropeas, así como las recomendaciones de la perspectiva europea de ordenación territorial (PEOT). Al ser limitados los recursos financieros disponibles y vastos los territorios implicados, también es importante evitar la dispersión de esfuerzos y tratar de concentrar los objetivos. Puede solicitarse ayuda para: 
        - elaborar estrategias operativas de desarrollo territorial a escala transnacional, lo que podrá incluir la cooperación entre ciudades y entre zonas urbanas y rurales, con vistas al fomento de un desarrollo policéntrico y duradero, 
        - fomentar sistemas de transporte eficientes y sostenibles, así como un mayor acceso a la sociedad de la información, 
        - fomentar la conservación del medio ambiente y la buena gestión del patrimonio cultural y de los recursos naturales, en particular los recursos hídricos, 
        - fomentar la integración entre las regiones marítimas, así como de las regiones insulares, estableciendo para cada caso una prioridad específica con la asignación financiera oportuna, 
        - fomentar la cooperación integrada de las regiones ultraperiféricas. 
    En el caso de las regiones ultraperiféricas (departamentos franceses de ultramar, Islas Canarias, Azores y Madeira), los programas de cooperación deberán: 
        - fomentar una integración y cooperación económica entre estas regiones, así como entre ellas y los otros Estados miembros, y 
        - mejorar los vínculos y la cooperación con los terceros países limítrofes (Caribe, América Latina, Océano Atlántico, África Noroccidental y Océano Índico). 

    MEDIDA  C    COOPERACIÓN INTERREGIONAL. 

    Objetivo: La cooperción interregional tiene por objeto mejorar la eficacia de las políticas e instrumentos de desarrollo y cohesión regionales mediante la conexión en redes, particularmente para las regiones cuyo desarrollo se encuentra retrasado y aquellas en vías de reconversión. 

    Zonas subvencionables: es subvencionable todo el territorio de la Comunidad. 

    Temas prioritarios: este capítulo abarca: 
    Las acciones de cooperación en relación con temas específicos que defina la Comisión, previa consulta con el Comité de gestión previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 48 del Reglamento general, como, por ejemplo, investigación, desarrollo tecnológico y PYME; sociedad de la información; turismo, cultura y empleo; empresariado y medio ambiente, etc. 
    Deberá prestarse particular atención a que participen en las diferentes redes las regiones insulares y ultraperiféricas. Se alentará la cooperación, incluso bilateral, entre regiones marítimas. En general, cada programa abarcará una frontera y contará con subprogramas para cada región transfronteriza. En casos debidamente justificados (por ejemplo, fronteras muy largas, puntos en que converjan varias fronteras, existencia de estructuras de cooperación bien desarrolladas), se elaborará un programa para una región transfronteriza que  podrá incluir una o varias fronteras.

    Documentos de interés: Comunicación de la Comisión a los Estados miembros de 7 de mayo de 2001 "Cooperación Interregional" Capítulo C de la iniciativa comunitaria Interreg III. Comunicación de la Comisión C(2001) 1188 final (DOCE C 141/02 de 15.05.2001)

  • Financiación:: la participación total del FEDER en Interreg III durante el período 2000-2006 se fija en 4 875 millones de euros, a precios de 1999.
  • Centros de información comunitarios

  •  
    Comisión Europea 
    Dirección General de Política Regional 
    Rue de la Loi/Wetstraat 200 
    B-1049 Bruxelles/Brussel
  • Centros de información en España: 

  •  
    Manuel Ledesma Sánchez
    Ministerio de Hacienda. 
    Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial.
    Planta 3
    Paseo de la Castellana 162. 
    E- 8046. Madrid 
    Tel.: +91 583 54 87. 
    Fax: +341 583 52 72

     
  • Iniciativas Comunitarias 1994-1999

  •  
  • Fondos Estructurales 2000-2006
  • Página principal en la Unión Europea (Inforegio)

INTERREG III B. Cooperación Transnacional

INTERREG III C Cooperación Interregional Plazo cerrado

  • Región objetivo: Las zonas elegibles serán definidas en las orientaciones. Las zonas actuales servirán de base para la definición de las regiones elegibles para el próximo periodo de programación. Pueden optar a INTERREG III: 
    • todas las zonas NUTS III de la Comunidad situadas a lo largo de las fronteras terrestres interiores y exteriores de la Comunidad, 
    • algunas zonas NUTS III colindantes con fronteras marítimas. 


    En casos especiales, y en el contexto de programas de cooperación transfronteriza, también podrá concederse ayuda comunitaria a medidas que se realicen en zonas NUTS III adyacentes a las indicadas en la lista, 

    • siempre y cuando entrañen un alto grado de cooperación transfronteriza y
    • no movilicen, como norma general, más del 20% del gasto total de los programas de que se trate. 

     
  • Línea presupuestaria: B2-1410 

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